Antonio
TENORIO ADAME
- A “Cien años de soledad constitucional”
- Flagelos: globalización y presidencialismo autoritario
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A punto de cumplir su primer
centenario, la constitución vuelve a ser recordada y sujeta a las interminables
casi seiscientas reformas de que ha sido objeto. Como en tiempos del Virrey de
Croix: “se acata pero no se cumple”; convertida en usos y costumbres de hábito cultural.
El presidente del Senado, Roberto Gil Zuarth, inauguró los
festejos del Centenario de la Constitución de 1917, estimada en su
consideración como “punto de partida de la política para alcanzar la libertad,
la igualdad, la justicia social y el desarrollo”.
En el amplio mundo político
se habla de la “nueva constitucionalidad” (PRI), y aún más de una nueva
constitución (oposición), cuando su novedad está en la transformación “estructural”
del “Pacto por México” que desvaneció a la
nación, para ensamblarla incondicionalmente al mercado sin restricciones.
Para su recuperación aún
falta por encontrar, la autenticidad, el ser originario de la nación que
permita participar en el mundo de la globalización y de la integración, tanto
espacial como comercial, sin desmedro, con la coraza de su propio ser, la protección
de la pertenencia de nación para encausar o rencausar la dinámica social a su
esencia de identidad
El Instituto de
Investigaciones Jurídicas de la UNAM realizó un ejercicio académico importante,
da a conocer la carencia de técnica jurídica del código de la nación, su
complejidad, contradicciones, saturación o imprecisión léxico, por lo que
requiere una cirugía mayor de ingeniería constitucional, como recomienda el
formalismo de Sartori al plantear ”una constitución reordenada y consolidada”; también se precisa que en el lapso 2001 al 2015 se redujo
solo el 45 A 22 por ciento, la opinión
de los ciudadanos de concebir la
constitución como adecuada a las necesidades del país.
El problema central, dice
Diego Valadés, es la pérdida de
legitimidad del sistema político por
falta de cumplimiento de las funciones del Estado, para la que ha sido
creado. Es decir su vocación originaria, como fue concebido, de manera que su
objetivo como nación estado se planteó en 1917 en términos de los derechos de
la Nación y los derechos sociales del pueblo mexicano, así como también, determinó el presidencialismo como forma de gobierno.
LOS DERECHOS DE LA NACIÓN se
establecieron, artículo 27, en base a la
propiedad originaria de la nación del suelo, subsuelo, espacio aéreo y
marítimo, extendido a los recursos naturales, en tanto los derechos sociales, un
concepto que le calificó como la constitución precursora del siglo XX,
anticipando a la de Weimar social demócrata, fueron los derechos de los grandes
sectores sociales, el acceso a la tierra, el trabajo , la salud, educación y
bienestar social en general, descritos en la reforma agraria y la
reivindicación laboral.
Hoy esos preceptos legales y el contexto doctrina son
obsoletos por un liberalismo radical que suprime la solidaridad, la cohesión
social y fundamenta el individualismo atroz galopante.
No se trata de defender el
pasado sino comprenderlo para mejorar el presente. Su experiencia es necesaria, suprimir el
estado social cuyos resultados son los “ninis”, con los que se ultraja y
margina a la juventud revela el estado de postración de la población inerme en
un torrente de violencia.
Los derechos sociales como
principio de los derechos humanos inherentes a los individuos, sin disminuir el
sentido comunitario de la nación, derechos sociales son necesarios adecuarlos para enfrentar el
futuro de migración, desplazamiento forzado de la población, desarticulación de
la violencia en términos de responsabilidad binacional, fronteras protegidas
con sociedades cohesionadas, y control de armas que limite el acceso de gran
poder a los carteles asociados a la criminalidad norteamericana.
El presidencialismo como
doctrina política fue capaz de frenar la arrogante presión de Washington para
permitir la consolidación de gobiernos emanados de la decisión del pueblo,
sustraernos de las guerras imperiales y dar cabida a la hazaña de la
expropiación petrolera ejecutada por el Presidente Lázaro Cárdenas, pero si el
efecto de contención del imperio fue posible con la fortaleza del
presidencialismo, sus efectos internos no fueron favorables al desarrollo de la
democracia, en términos de disminución de la desigualdad y de posibilitar la
participación en las políticas pública, al contrario, se fortaleció el
autoritarismo.
El presidencialismo
autoritario tiene su piedra angular en la impunidad que representa el mandato
constitucional: “el presidente no es responsable durante su mandato” (108
Const.), la falta de una revisión veraz de la cuenta pública de la
administración federal, es la base de la corrupción que corroe a la nación.
Recuperar el ordenamiento
constitucional requiere marcar los límites de su responsabilidad.
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