SM Rico
"¿A vos no te pasa que te despertás a veces con la
exacta conciencia de que en ese momento empieza una increíble equivocación?"
Rayuela // Julio Cortázar
El miércoles 29 de julio pasado en la Suprema Corte de
Justicia de la Nación (SCJN), se intentó un fallo histórico que en la realidad
falló, y que en ese momento en la primera sala de la SCJN se discutió un
proyecto de ley en el que se respaldaría a un juez federal de Xalapa en
Veracruz para reformar los artículos 149, 150 y 154 del código penal local en
materia de aborto. El resultado final fue desechar la propuesta por cuatro
votos contra uno.
Este hecho hubiera sido histórico en el sentido de que sería
la primera vez que la Suprema Corte invalida partes de un código penal con el
argumento de criminalizar el aborto.
En el texto del ministro Juan Luis González Alcántara
Carrancá y quien actualmente ocupa la vacante que dejara José Ramón Cossío,
indicó: “La falta de reforma de dichos preceptos genera un estado de cosas
inconstitucional, al no cumplir con imperativos convencionales de rango
constitucional, que en última instancia se traduce en una violación a los
derechos humanos de las mujeres”.
Actualmente en Ciudad de México está permitido el aborto
hasta las 12 semanas y hasta las veinte semanas, en caso de violación. De
haberse llevado a cabo como favorable esta propuesta hubiese permitido que en
otros estados de la república se tomaran acciones legales similares, dando paso
a que por un lado los códigos penales de otras entidades fueran modificados en
este tema, y por otro que abriera paso a que la SCJN pudiese influir en las
leyes de los estados hasta ahora libres y soberanos.