Antonio TENORIO ADAME
- Blindada la nominación de ministros de la Corte
- ¿Demeritar el presidencialismo? o ¿Evitar la concentración de poder?
Foto de flickr.com (Martín Mercado) |
El Congreso de la Unión ejercita sus facultades
plenamente durante el periodo ordinario
de sesiones, como ocurre en el Senado con la ratificación de los nombramientos
de servidores públicos en concurrencia con el Poder ejecutivo, en el caso de
las vacantes de ministros de la Corte.
El formato de la comparecencia de los integrantes de la doble terna propuesta por el presidente Enrique Peña Nieto ha sido cuestionado por legisladores de la oposición, al considerar un sesgo de inequidad con el fin de nominar al favorito.
El formato de la comparecencia de los integrantes de la doble terna propuesta por el presidente Enrique Peña Nieto ha sido cuestionado por legisladores de la oposición, al considerar un sesgo de inequidad con el fin de nominar al favorito.
La bancada del PRD
encabezados por su coordinador, Miguel Barbosa Huerta, considera que las ternas
enviadas por el Ejecutivo existen dos aspirantes –hombre y mujer–
“predefinidos”, por lo que demanda un escrutinio público, basado en una
consulta abierta, donde se aireen con minucia los antecedentes de cada propuesta
con sus virtudes y defectos.
De tal manera que la
Comisión de Justicia encargada del proceso de nominación se convierta en
comisión investigadora, de suerte que se abra un periodo de seis meses
para que se escuchen todas las opiniones en un examen profundo de la
sociedad. Dicha opinión no es compartida por el coordinador de la bancada del
PRI, el senador Emilio Gamboa Patrón, quien la calificó de “demeritar al
presidencialismo y al senador, añadió, para que pasen, los ministros de la
Corte requieren de dos terceras partes del Senado”.
El formato del
proceso de nominación de las ternas ha sido modificado, se argumenta con
propósito de evitar la incomodidad de familiares que asistían de los posibles
nominados donde solo uno era elegido y los restantes quedaban rechazados, marginados
en una situación comprometida. Por eso ahora se adopta un procedimiento que
afecta el Reglamento, porque no se examina en la Comisión para su dictamen y
discusión en el Pleno.
Si no se ofrece la
asamblea como espacio académico para resaltar a los expositores en una
disertación inocua. Queda ahí marcada una degradación del procedimiento
nominativo al cuestionar su legitimidad.
El senador Barbosa Huerta,
mantiene la réplica de observar y fortalecer el equilibrio de poderes que
favorecen a un control del poder desde el poder, acentúa su posición de
respetar al presidencialismo como forma de gobierno, se trata no de disminuir
las facultades presidenciales sino de evitar la “concentración del
poder”.
El debate es abierto y
muy útil a la nación. La reforma de la Corte de 1994, modificó sustancialmente
el sistema de nombramiento presidencial y ratificación del Senado, para blindar
la manera de cubrir las vacantes del pleno de ministros, ahora el método se encuentra
fuertemente blindado, de manera que el presidente a pesar de llegar a darse el caso de un rechazo de su terna propuesta
dispone del derecho de insistir y
reenviar prácticamente la misma propuesta, con solo cambiar a uno o dos de sus candidatos, como ya sucedió
en un pasado reciente.
La renovación del Poder
Judicial es lento y gradual, de manera que la capacidad de influencia del Ejecutivo se
prorroga más allá de su mandato, con la posibilidad de acumular dos poderes,
como ocurrió, ponderada la analogía, en 1848 durante la ratificación del
Tratado de Guadalupe Hidalgo, cuando la Corte negó la razón a los congresos
locales que demandaban su anulación, así como a 11 diputados que exigían
la nulidad de la cesión de casi dos terceras partes del territorio nacional por vía de un juicio de constitucionalidad.
Si el poder no se
comparte en el autoritarismo, en la democracia solo puede ser sustentado en la
responsabilidad. En el Senado la oposición
cumple su deber.
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